SR. USUARIO: Le informamos que continúa vigente el PROGRAMA “ESTABILIZIACIÓN POR ESTACIONALIDAD”. LOS USUARIOS ACTUALMENTE ADHERIDOS, CUYO CICLO ANUAL DE 12 MESES ESTÉ PRÓXIMO A FINALIZAR, DEBERÁN MANIFESTAR EN SU DISTRIBUIDORA LA VOLUNTAD DE CONTINUAR EN EL SISTEMA DE ESTABILIZACIÓN.
En Febrero de 2021, se puso en vigencia el mecanismo de “ESTABILIZACIÓN POR ESTACIONALIDAD” el que permite estabilizar, a lo largo del año, el monto de la factura que abonan por el servicio de energía eléctrica aquellos usuarios con consumos marcadamente estacionales, cuya actividad económica esté relacionada a la elaboración de vinos, mostos, sidra, conservas, pulperas, secaderos y frigoríficos, y su categoría tarifaria sea de T1 Pequeñas Demandas Generales o T2 Grandes Demandas.
Este mecanismo es un beneficio en la facturación de energía eléctrica de los suministros estacionales alcanzados, destinado a mitigar el impacto de la estacionalidad del ciclo productivo sobre las facturas del servicio eléctrico, a cargo del Fondo Provincial Compensador de Tarifas..
La medida está destinada para los suministros de establecimientos destinados a la elaboración de vinos, mosto y los sectores de secaderos, conservas, pulperas y frigoríficos de toda la Provincia que así lo soliciten, habiéndose identificado que estos usuarios poseen una marcada estacionalidad en sus consumos de energía y contratación de potencia en los meses de febrero a abril, considerándose oportuna la medida a efectos de brindar una herramienta que acompañe sus costos y los adapte al ciclo productivo que desarrollan.
Los suministros deben estar ENCUADRADOS EN CATEGORÍA T1 PEQUEÑAS DEMANDAS GENERALES O EN T2 GRANDES DEMANDAS, debiendo solicitar el beneficio en su distribuidora eléctrica, acreditando su actividad económica con constancia de inscripción de AFIP (acreditar códigos alcanzados por el beneficio).
Es una opción VOLUNTARIA para el usuario, y debe solicitarlo para cada uno de los suministros que desee adherir al régimen de estabilización.
Se solicita anualmente en la distribuidora eléctrica que le provee el servicio, encontrándose disponible el trámite on line, debiendo completar un formulario de adhesión y demás normativa que se le solicite.
Requiere RENOVACIÓN ANUAL, en caso de decidir la continuidad en la adhesión al programa o bien la liquidación de los saldos anticipados, en caso de decidir dentro del período de 12 meses, no continuar.
ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA
La estabilización de la facturación del servicio eléctrico, constituye una herramienta que puede dar respuesta a la inquietud frecuentemente planteada por Bodegas, en cuanto a la marcada estacionalidad de sus consumos y costos vinculados al servicio eléctrico, pero antes de su solicitud es importante que el usuario considere:
El monto mensual de la estabilización se determina a partir del promedio de los consumos de energía y potencia registrados en los últimos doce (12) meses. Consiste en la diferencia entre la facturación de cada período con los consumos reales, y la facturación con los consumos de energía y potencia promedio de los últimos doce meses: el mes en curso y los once meses anteriores. La diferencia entre ambos montos de facturación, es la estabilización.
Una vez al año (al final del ciclo de 12 meses) se realizará un ajuste que tendrá en cuenta las diferencias netas aportadas o recibidas del Fondo Provincial Compensador de Tarifas. Y luego si se desea continuar, debe manifestar su voluntad de reincorporación en la distribuidora.
A continuación, se puede ver en un ejemplo, una facturación con consumos reales (sin estabilización) -barras de color celeste. El monto que se abonaría con los consumos promedios de energía y potencia es la línea roja. El monto en verde en el mes doce (12) constituye el ajuste anual correspondiente a este mecanismo de estabilización.
El cálculo de la estabilización de las facturas de energía eléctrica de cada período, consiste en utilizar valores promedios de consumo de energía, potencia contratada y potencia registrada en pico, que represente el promedio del último año móvil, en relación a los valores realmente registrados.
La diferencia de facturación entre ambos valores, el real y el promedio, será incluida en la factura del período como un crédito/débito en la facturación mensual del usuario. Se detalla en la factura como “Estabilización por estacionalidad”.
Una vez al año, en el mes (12) de haber ingresado al sistema de estabilización, se realizará un Ajuste Anual, el cual consistirá en el acumulado de las estabilizaciones emitidas en el período, con signo contrario, de modo que cada usuario termine abonando anualmente el monto que le hubiese correspondido a partir de los valores reales de consumo, en lugar del consumo promedio de los últimos doce meses, en el caso de los usuarios T2 Grandes Demandas, o de los últimos seis bimestres, en el caso de los usuarios T1 General. El valor anual de ajuste al momento de la liquidación no se actualizará con ninguna tasa de interés. Este mecanismo constituye un beneficio financiero con costo cero para el usuario, cuya asistencia es soportada por el FPCT.
148 OPCIÓN 9, de 8 a 16 hs
AppEPREUsuarios | www.epremendoza.gov.ar